EDICTO
Edicto. Por disposición del Sr. Juez de 1A Inst. C.C.Fam.1A, Sec 2, Bell Ville, se ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA NÚMERO: 31.Bell Ville, diez de junio de 2022.-Y VISTOS: estos autos caratulados "GIOLITTO DE GROSSO, CLAUDIA FABIANA - USUCAPIÓN", EXPEDIENTE Nº 7082309, ....Y CONSIDERANDO: ...; RESUELVO: I) Hacer lugar a la demanda de prescripción adquisitiva veinteañal en todas sus partes y en consecuencia declarar que la señora Claudia Fabiana Giolitto, DNI 27.880.332, adquirió por prescripción el inmueble objeto de la acción, sin titularidad dominial anterior, y que según anexo de plano de mensura confeccionado por el Ingeniero Civil Carlos A. Pinardi y visado por la Dirección General de Catastro en expte. 0563-003442/2010 se describe como: "Fracción de Terreno, de 50,00m. en su costado Nor-Este(lado A-B), contra Parcela 6 de Walter René Parolo Matrícula nº 1.183.412, 40,00m. en su costado Sur-Este (lado B-C), contra la parcela 27 de Eustacio Guzmán -Folio nº 50.895 -Año 1.948, 50,00m. en costado Sur-Oeste (lado C-D), contra calle General Bolívar, y cerrando el polígono 40,00m. en su costado Nor-Oeste (lado D-A), contra calle Obispo Esquiú dando una superficie de 2.000,00m2.-". Que se encuentra empadronado en la Dirección General de Rentas en la cuenta Nº 3604-1559554-5 y en la Dirección General de Catastro en cuenta Nº 3604200101024003, careciendo de empadronamiento en el Registro General de la Provincia. II) Publicar por edictos la presente sentencia por diez (10) veces con intervalos regulares en un período de treinta (30) días en el diario Boletín Oficial y en un diario local (art. 783 ter y 790 CPCC). III) Ordenar al Registro General de la Provincia la protocolización del plano de mensura de posesión confeccionado por el Ingeniero Civil, Carlos A. Pinardi y visado por la Dirección General de Catastro en expte. 0563-003442-2010 aprobado el 07 de julio de 2011. IV) Oficiar al Registro General de la Provincia a los fines de la inscripción y registración del inmueble objeto de autos a nombre de la usucapiente. V) Regular de manera definitiva por las tareas realizadas en autos los honorarios profesionales del doctor Mariano José Favero la suma de pesos treinta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta con sesenta y cuatro centavos ($34.440,64) con más la suma de pesos siete mil doscientos treinta y dos con cincuenta y tres centavos ($7.232,53) en concepto de IVA. Regular de manera definitiva los honorarios profesionales de las Dras. Mariana Érica Darze y Andrea Alejandrina Flores, por las tareas desplegadas en autos en la suma de pesos cincuenta y un mil seiscientos sesenta con noventa y seis centavos ($51.660,96) en conjunto y proporción de ley. Protocolícese, hágase saber y dese copia. Fdp: SANCHEZ Sergio Enrique, Juez.
Vence: 15/09/2022
EDICTO
Bell Ville. En los autos caratulados "EDIFICAR IDEAS S.R.L.- USUCAPION" Expte. 10582488, que se tramitan ante el Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil, Comercial y Conciliación de 2ª Nominación, Secretaría Nº 3, se cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho o sus sucesores, sobre el inmueble que se trata de usucapir, para que en plazo de veinte días subsiguientes al vencimiento de esta publicación comparezcan a estar a derecho, tomen participación y deduzcan oposición bajo apercibimiento de ley. El inmueble se describe según plano de mensura de posesión, confeccionado por el Ingeniero Civil Arturo L. Grossi, MP 1889/x, aprobado por la Dirección Gral. de Catastro en Expte. 0033-118930/82020 del 19/01/2021, como Parcela ubicada en Departamento Unión, Pedanía Bell Ville, Municipio Bell Ville, lugar Bell Ville, Provincia de Córdoba, se designa LOTE 102, de la Manzana Catastral 021, se describe: Parcela de 4 lados, que partiendo del esquinero Sureste, Vértice "1", con ángulo interno 90º00', y rumbo Suroeste, hasta Vértice "2" (línea 1-2), mide 2.85 m, colindando con calle Córdoba; desde el Vértice "2", con ángulo interno 90º00' hasta el Vértice "3" (línea 3-2) mide 65,00 m., colindando con par-cela 020, Propiedad de Elena Rivas de Fattore, MFR 161.174; desde el Vértice "34", con ángulo interno 90º00', hasta el Vértice 24" (línea 3-4) mide 2,85 m, colindando con parcela 013, propiedad de Ivana del Valle Zuffolo, MFR 1.312.236, desde el Vértice "4" con ángulo interno 90º00', hasta el Vértice inicial (línea 4-1) mide 65 m., colindando con parcela 0189, propiedad de Edificar Ideas S.R.L, MFR 1.603.137, cerrando la figura con superficie de ciento ochenta y cinco metros veinticinco decímetros cuadrados. Cuenta D.G.R.36-03-4235727-6;Nomenclatura D.G. Catastro 0303040203021068.//// Según informe del registro general de la provincia, no registra antecedente de dominio.
Vence: 01/09/2022
CONSEJO GENERAL DEL
COLEGIO DE FARMACEUTICOS
DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Elecciones Generales
El Consejo General del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Córdoba, comunica y convoca a todos sus colegiados para los siguientes actos. ELECCIONES GENERALES: para el día sábado veinticuatro (24) de septiembre de 2022, dentro del horario de 08:00hs a 18:00hs para el voto personal y por correspondencia del modo previsto en las normativas vigentes en la Institución. A los fines de elegir: 1.- Autoridades Provinciales: Consejo General: un (1) Presidente, un (1) Vicepresidente y un (1) Secretario. Tribunal de Cuentas: tres (3) miembros titulares y un (1) suplente. Tribunal de Disciplina: Cinco (5) miembros titulares y cinco (5) suplentes para el período 2022/2024; 2.- Autoridades de Seccionales: Consejo Directivo: un (1) presidente, un (1) tesorero y un (1) secretario. Tres (3) vocales titulares y tres (3) suplentes. Delegados al Consejo General: Tres (3) vocales titulares y tres (3) suplentes. Tribunal de Cuentas: tres (3) miembros titulares y un (1) su-plente. Para participar de estos actos se deberá de cumplir con todos los requisitos establecidos en el Estatuto y Ley 4771.
(v:25/Ag)
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