Jueves 20 de Enero de 2025
Bell Ville, Cba. - Argentina
Director: Luis A. Giletta - Pje. Argentino 390 - Tel/Fax: (3537) 482964 / 416789 - E-mail: luisgiletta@tribunabellville.com.ar - (C.P. 2550) Bell Ville
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CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO
En cumplimiento de disposiciones legales y estatutarias, la Comisión Directiva del Centro de Empleados de Comercio de Monte Buey, convoca a los Sres. Afiliados a ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA, a realizarse en la sede gremial de calle Las Heras 225, el día Miércoles 23 de Abril de 2025, a las 20.00 hs., para considerar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1) Elección de un (1) afiliado para presidir la Asamblea.
2) Designación de dos (2) asambleístas para firmar el Acta correspondiente, conjuntamente con el Secretario General y el Secretario de Actas del Centro.
3) Consideración de Memoria y Balance del ejercicio cerrado el 31 de Diciembre de 2024 e informe de la Comisión Revisadora de Cuentas.
Nota: La Asamblea se constituirá a la hora establecida con el treinta  por ciento (30%) de los afiliados a la entidad con derecho a voz y voto, y 30 minutos después con el número de afiliados en las mismas condiciones que se hallen presentes, art. 59 Estatuto Social).

EDICTO
La señora Jueza de 1° Inst. 2° Nom. C.C.C. y Flia. de Bell Ville (Sec. Nº 3), hace saber la Sentencia Nº 67 del 23/12/2024, en autos: "CURA, DIEGO JORGE DAMIAN - USUCAPION" (Expte. Nº 7953089). Y VISTOS: .... Y CONSIDERANDO: .... RESUELVO: 1°) Hacer lugar a la demanda de usucapión oportunamente promovida, a favor de Diego Jorge Damián Cura; y en consecuencia, declarar adquirido, por prescripción el inmueble que se describe: a) Según plano de mensura de posesión: realizado por el Ing. Civil Miguel A. Sironi, aprobado con fecha 03/04/2014, visado por la Dirección General de Catastro en Expte. 0563-005869/2014; en Anexo de dicho plano en cuánto a los deslindes y colindancias se determina: El segmento B-A= longitud 20,00 mts. sobre la calle Bv. Córdoba, se materializa con postes de madera y alambre, sobre la l.m. El segmento B-D= longitud 55,00 mts. se materializa con alambrados de 4 hilos, lindando sobre calle Pueblos Originarios, sobre la l.m. El segmento D-C= longitud 20,00 mts. sobre la calle Chacabuco, se materializa con postes de madera y alambre, sobre la l.m. El segmento C-A= longitud 55,00 mts., se materializa con alambre tejido lindando con la parcela 004 propiedad de Sarubilo de Españon María (D° 161, F° 116, T. 1, Año 1908). Expresó que la parcela 028, afecta en forma única, total y coincidente al D° 21237, F° 32512 del Año 1973, inscripto a nombre de Rosa Rivero de Sarubilo, Asunta Celia Sarubilo de Carra, Isolina Dominga Sarubilo de Sukar, Miguelina Lea Sarubilo de Mandile, Ernesto Marcelo Sarubilo, Héctor Sarubilo y Blanca Rosa Sarubilo de Márquez. Impositivamente se encuentra empadronado en la Dirección General de Rentas en la Cuenta N° 36-03-0257827/0". b) Según certificado de subsistencia parcelaria: suscripto por el Ingeniero Civil Adrián Flavio Briner, de fecha 19/11/2024, se describe de la siguiente manera: "Inmueble ubicado en Departamento UNION, Pedania BELL VILLE, al Norte de la via ferrea del pueblo de MORRISON, designado como LOTE 28 de la MANZANA 27, que responde a la siguiente descripción: Partiendo del vértice "A" con una dirección Sud-Este, con un ángulo interno en dicho vértice de 90º00' y una distancia, lado A-B de 20,00 m llegamos al vértice "B"; a partir de B, con un ángulo interno de 90º00', lado B-D de 55,00 m; a partir de D, con un ángulo interno de 90º00', lado D-C de 20,00 m; a partir de C, con un ángulo interno de 90º00', lado C-A de 55,00 m; encerrando una superficie de 1100,00 m². Y linda con: el lado A-B con Bv. Córdoba; el lado B-D con calle Pueblos Originarios; el lado D-C con callejón Chacabuco y el lado C-A con la parcela 4 de Ayelen Ariadna Garcia y Thiago Garcia Virgili, Matricula Nº 1.250.657, Cuenta Nº 36-03-0207138/8". "La presente Posesión afecta en forma total a la Parcela 5 (Lote 6), de la Manzana Catastral 16 (Mza. of. 27), con antecedente de dominio Matricula Nº 1.577.368, a nombre de Rosa Rivero, Asunta Celia Sarubilo, Isolina Dominga Sarubilo, Miguelina Lea Sarubilo, Ernesto Marcelo Sarubilo, Hector Sarubilo y Blanca Rosa Sarubilo, empadronada en la Cuenta Nº 36-03-0257827/0". El inmueble se encuentra empadronado en la Cuenta N° 36-03-4060987-1, Nomenclatura Catastral N° 3603230101016028. Estado: Baldío. Pedanía: Bell Ville. Municipio: Morrison. Lugar: En la manzana rodeada P. Manzana 27, Lote 28. Con antecedente de dominio en la matrícula N° 1.577.368". c) Según títulos: se describe de la siguiente forma: "FRACCIÓN DE TERRENO ubicada en Pueblo de Morrison, Pedanía Bell Ville, Depto. UNION, designado como SITIO 6 de la Mz. 27 al Norte de la vía férra. Y mide 20m de Este a Oeste por 55m de Norte a Sud; linda por el Norte con el Bv. Córdoba; por el Sud con callejuela Canadá; por el Este con calle Italia y por el Oeste con el sitio 7." 2°) Inscribir el inmueble aludido a nombre de Diego Jorge Damián Cura, argentino, D.N.I. 24.609.018, CUIT 20-24609018-2, nacido el día 12 de febrero de 1976, con domicilio real Fray Justo Santa María de Oro N° 585 de la localidad de Morrison, estado civil casado en primeras nupcias con Natalia Paola Vietto, DNI 24.770.145. Con tal fin, librar oficio al Registro General de la Provincia, previa publicación de edictos por el término de diez veces, a intervalos regulares dentro de un período de treinta días en el diario Boletín Oficial de la Provincia y en otro diario de circulación en esta ciudad, a los efectos de notificar la presente sentencia, conforme lo prescripto por el art. 790 del CPCC. 3°) Ordenar la cancelación en forma total de la medida ordenada por este Tribunal: Anotación del diario de Litis D° 904 del 18/09/2017, registrada sobre la Matrícula N° 1.577.368; con tal fin, oficiar al Registro General de la Provincia, una vez firme la presente resolución. 4°) Fijar como fecha en la cual se cumplió el plazo de prescripción y se produjo la adquisición del derecho real del inmueble de que se trata, el 2 de octubre de 1993.5°) Costas a cargo de Diego Jorge Damián Cura… Protocolícese y hágase saber. Firmado: Dra. Guiguet Valeria Cecilia - Jueza.
Por diez (10) veces (a intervalos regulares dentro de un período de 30 días).
Vence: 13/03/2025

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